Si bien el Día de la Soberanía Nacional es el 20 de noviembre, este año el feriado se traslada al lunes 18.
Cabe informar que los feriados Nacionales que se rigen por el la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos Nº 27.399 Publicada en el Boletín Oficial del 18/10/2017.
Te recordamos que los feriados son días no laborables, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 166 de la Ley 20.744 de Contratos de Trabajo, que establece las normas sobre descanso semanal, salario y suplementación.
De acuerdo a esta legislación vigente, si bien las y los empleados de comercio no tienen obligación de asistir a trabajar los días feriados, cabe señalar que en caso de hacerlo, les corresponde una remuneración del 100%. Además, si bien los comercios están en toda su libertad de abrir, no se puede descontar el día a ningún empleado de comercio que decida no ir a trabajar un feriado.
Ante cualquier duda o inquietud, no dudes en consultarnos al 3446 22-5031